Julio Anguita: ¿Por qué Bruselas es tan exigente con el exceso de déficit presupuestario y no con el de la deuda?

Cuando se decidió que debía haber una divisa única, el euro, y un único Banco Central, nos olvidamos de unos cuantos elementos fundamentales para que el sistema funcionase como es debido. "No es posible una unión monetaria con políticas fiscales y económicas divergentes". Con estas palabras escritas en el diario El País del 31 de mayo del 2012, Felipe González reconocía el inmenso error de base del Tratado de Maastricht. Lo mismo podía decirse de la imposibilidad de una cohesión económica y social con un presupuesto cada vez más exiguo.

Por otra parte, la coordinación de las políticas económicas según el artículo 103 del tratado consiste en unas recomendaciones que el Consejo adopta por mayoría cualificada. En lo que el tratado es claro, concreto y rotundo bajo amenaza de sanción es en la disciplina presupuestaria de los Estados.

En primer lugar, la no monetización del déficit; los Estados deberán financiar sus descubiertos con Deuda Pública. En segundo lugar, la prohibición de financiación pública privilegiada. En tercer lugar, cada Estado es responsable de su propia deuda sin que pueda solicitar ayuda a la Comunidad. En cuarto lugar, la prohibición de déficit excesivos. Los déficit presupuestarios no pueden exceder del 3% del PIB y la deuda pública del 60%. En quinto lugar se traspasa la responsabilidad de la política monetaria de los Estados al sistema europeo de bancos centrales con el Banco Central como poder máximo no sujeto a interferencias gubernamentales.

Por último de esta manera la política económica queda en manos de los Estados pero la monetaria en manos de la Comunidad. Creo que desde la realidad actual no podemos por menos que entender el origen de los mismos. Una pregunta surge, ¿cómo es posible que Bruselas sea tan exigente con el exceso de déficit presupuestario y no con el de la deuda? La respuesta está en la vieja pregunta latina Quid prodest? ¿Quién se beneficia?

ELECONOMISTA.ES

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