La asistencia sanitaria a partir de ahora

¿Qué medicamentos quedarán fuera? No se sabe. Va a haber dos vías para sacar fármacos de la financiación pública. Por un lado, se excluirán los obsoletos, cuya función ya ha sido superada por otros más modernos. Esto no debe de suponer ningún ahorro, ya que si se han quedado anticuados lo lógico es que no se estén usando. El otro es el que se refiere a medicamentos para síntomas leves. No hay una lista. Lo que sucede actualmente es que hay algunos preparados (antidiarreicos, antitusivos) que están catalogados de dos maneras: como medicamentos de prescripción (con receta) y de venta libre. El propósito de Sanidad es dejarlos en un solo grupo, los de venta sin receta (que así no tiene que subvencionar la Administración). El problema es que hay productos que sirven a la vez para síntomas leves y para otros más graves, indican fuentes de la patronal de los medicamentos sin receta, Anefp. Por eso habrá que ir caso a caso.

¿Qué copago habrá para ambulancias, prótesis y dietoterápicos? La escala que fija el real decreto es la misma que para medicamentos. Pero en estos casos no va a haber un tope de copago para el usuario. Lo que se desconoce es cómo actuará cada comunidad. Ya hay copago para estos productos o servicios en muchas de ellas. En unos casos es mayor, y en otros, menor. El decreto solo puede fijar el mínimo que subvenciona la Administración (el 90% en el caso de pensionistas, por ejemplo), pero una comunidad puede financiar el resto. Eso sí, tendrá que informar de ello. Lo mismo sucede si una comunidad quiere dar más prestaciones que las de la cartera mínima común (por ejemplo, pagar las gafas de todos). En ese caso lo pagará con sus medios, no con fondos del Estado.

¿Habrá que renovar la tarjeta sanitaria? No. El cruce de datos con Hacienda para ver cuánto tiene que pagar cada uno será invisible para el usuario. El nivel de renta quedará en los ordenadores de las Consejerías de Salud, y, en función de eso, se calculará lo que se abona por los medicamentos.

¿Cuánto deben pagar los pensionistas? En general (los que ganen hasta 100.000 euros), el 10% del precio de los fármacos. Pero ese copago tiene un tope mensual: si excede de 8 o 18 euros al mes (según la escala de renta) la diferencia será reembolsada por las comunidades, que tienen seis meses para hacerlo. Por ejemplo, si gasta 200 euros en medicamentos, paga 20. Si su tope es de 8 euros, los 12 restantes tendrán que devolvérselos antes de seis meses. Con rentas por encima de 100.000 euros, el pensionista paga el 60%, pero nunca más de 60 euros al mes.

¿Y quien no tenga ingresos? Como hasta ahora, cabe la posibilidad de que acuda a la Seguridad Social con el certificado correspondiente de Hacienda para que, si es español o extranjero con papeles, le den la tarjeta.

¿Quiénes quedan fuera? Hay dudas sobre qué pasará con personas de más de 26 años que nunca hayan cotizado (estudiantes, rentistas, grupos como algunos monjes y monjas). Sanidad dice que habrá una solución.

¿Y los extranjeros? Solo tendrán tarjeta sanitaria los que residan legalmente en España. Al resto solo se les tratará en urgencias, aunque puede haber excepciones, como los enfermos infecciosos.

Fuente:  ELPAIS

Publicar un comentario

0 Comentarios