26S-Pasos históricos de las elecciones en Venezuela

Uno de los beneficios que dio la declaración de la Independencia, en Venezuela fue la facultad de poder elegir a los gobernantes, a pesar de que, en principio, esta facultad fue un privilegio de los propietarios.

La primera elección realizada en nuestro país estuvo dirigida a escoger los miembros del Congreso Constituyente de 1811. Sólo se permitió el voto a los hombres mayores de 25 años, que tuvieran propiedades por encima de los 2 mil pesos.

El proceso no era democrático, pero no excluía a pardos o indígenas taxativamente, lo cual evidenciaba una diferencia con el sistema de clases que había predominado en los territorios de ultramar del imperio español.

Sin embargo, el monto estipulado del precio de las propiedades excluía a artesanos, pequeños propietarios, jornaleros y demás integrantes de la sociedad de aquella época.

LA PRIMERA CONSTITUCIÓN


En la Constitución aprobada en diciembre de 1811 comienza una distensión en relación a los requisitos exigidos para ser votante. En sus artículos se establece que: “Art. 26 – Todo hombre libre tendrá derecho de sufragio en las Congregaciones Parroquiales, si a esta calidad añade la de ser Ciudadano de Venezuela, residente en la Parroquia o Pueblo donde sufraga: si fuere mayor de veintiún años, siendo soltero o menor siendo casado y velado y si poseyere un caudal libre del valor de seiscientos pesos en la Capitales de Provincia siendo soltero y de cuatrocientos siendo casado, aunque pertenezcan a la mujer, o de cuatrocientos siendo en las demás poblaciones en el primer caso y doscientos en el segundo; o si tuviere grado, u aprobación pública en una ciencia o arte liberal o mecánica; o si fuere propietario o arrendador de tierras, para sementeras o ganado con tal que sus productos sean los asignados para los respectivos casos de soltero u casado”.

Esta Constitución duró muy poco. El terremoto de 1812 y el avance de Domingo de Monteverde con sus tropas, desde Coro, acabaron con las pretensiones de estos nóveles legisladores.

ELECCIONES EN EL AÑO 1819


Simón Bolívar, luego de la liberación de Guayana y del fracaso rotundo que significó su empeño de tomar Caracas, en 1818, llamó a elecciones para la creación de un nuevo congreso que le diera legitimidad ante los gobiernos del mundo.

Se les concedió el sufragio a propietarios y arrendatarios, sin especificar montos. También se les concedió a los militares, de cabo para arriba, sin que tuviesen que presentar algún requisito socioeconómico.

La Constitución surgida de esas discusiones incluyó la condición de saber leer y escribir, pero la dejó en suspenso hasta 1830, para dar oportunidad a los ciudadanos a alfabetizarse antes de esta fecha. Esta ley duró dos años porque dio paso a la Constitución de Colombia de 1821, discutida en Cúcuta, en la cual se establecía que para ser votante debía tenerse una propiedad o renta de 100 pesos o el ejercicio de un oficio “útil”, con tal de que no fuera de jornalero o sirviente.

En esta ocasión, el requisito del alfabetismo se pospuso hasta 1841. Bajo esta ley se nombró presidente a Simón Bolívar y vicepresidente a Francisco de Paula Santander por dos períodos.

En 1827, cuando se elegían los delegados para la Convención de Ocaña, cuya labor era redactar una nueva Constitución, se vetó el voto de los militares de sargento para abajo, considerando que estos niveles equivalían a jornaleros y por lo tanto estaban fuera de los requisitos impuestos para votar.

VENEZUELA DESPUÉS DE 1830

Al dividirse Colombia, Venezuela creó una Constitución que daba cabida a un número mayor de electores. Se exigía una propiedad de 50 pesos o un oficio que generara por lo menos 100 pesos al año. Se mantuvo que el oficio no podía ser en calidad de sirviente, pero se abrió la posibilidad para los jornaleros y se previó crear una ley para el caso de quienes no supieran leer ni escribir, la cual nunca se aprobó.

Esta facultad de ejercer el voto se consideró en su momento como la más accesible en toda América, dejando atrás, incluso, a muchas naciones europeas. Este sistema electoral se mantuvo hasta 1857, cuando José Tadeo Monagas instauró el voto universal para todos los varones. Se eliminaron todos los requisitos de tipo socioeconómico, aunque mantuvo el requisito de saber leer y escribir, pero, al igual que otras oportunidades se pospuso su aplicación, esta vez hasta el año 1880. En 1858, en una nueva Constitución, se elimina esta norma. Se establece además que el voto debía ser secreto y la elección de los gobernantes era directa y no de segundo grado, como en las anteriores.

Antonio Guzmán Blanco, en 1881, reforma de nuevo la carta magna y sustituye la elección directa por la elección de un Consejo Federal, el cual se encargaría la elección de todos los cargos en el Ejecutivo. En 1888 cae Guzmán y se vuelve a la elección directa, hasta 1900, cuando Cipriano Castro decide llamar a una asamblea constituyente, cuyos diputados serían elegidos por cuerpos superiores electorales. Con el nuevo orden regido por esa carta magna se elimina la elección popular. Queda en manos de los concejos municipales la elección de los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia de la República, mientras las legislaturas de los estados proclamarían a quienes resultaran favorecidos por las decisiones de los concejos. Quedaba entonces en manos del senado la decisión de contar los votos emitidos por los ayuntamientos y elegir al presidente y vicepresidente. En 1904 este procedimiento se sustituye por un Cuerpo Electoral, formado por 14 congresantes.

Bajo el gobierno de Juan Vicente Gómez se presentan nuevas reformas. Vuelven las cámaras legislativas a nombrar las máximas autoridades. Continúan los concejos municipales eligiendo los diputados: las asambleas legislativas eligen a los senadores y el Congreso elegía el presidente, quedando la elección popular sólo para los miembros de los cabildos o concejos municipales.

Estos mismos cambios propiciados por los gobiernos de Juan Vicente Gómez eliminaron, en 1925, la elección de presidentes de estado, quedando en manos del presidente la facultad de nombrarlos y removerlos, lo cual se mantuvo hasta 1989, cuando se eligieron gobernadores por el voto directo y secreto de todos los ciudadanos.

DESPUÉS DE GÓMEZ


En septiembre de 1936 se crea el Consejo Supremo Electoral y la primera normativa para organizar y supervisar las elecciones en el país. Nacen las juntas electorales y se presentan las primeras campañas para elegir concejos municipales y legislaturas.

En abril de 1945 se permite el voto a las mujeres que supieran leer y escribir, mayores de 21 años, colocándolas en igualdad de condiciones electorales que los hombres. Todo ello, dentro del marco de la Constitución sancionada ese año y referido sólo a elecciones para concejos municipales.

De igual forma, se previó la discusión de una ley para la representación proporcional de las minorías. Ninguna de estas reformas llegó a ejecutarse, debido al golpe de Estado realizado el 18 de octubre de ese mismo año.

Una nueva Asamblea Constituyente fue nombrada en las elecciones del 15 de marzo del año siguiente. La Junta Revolucionaria de Gobierno aprobó un estatuto electoral que concedía el derecho de sufragar a todos los venezolanos, sin distinción, cuyas edades fuesen superiores a 18 años. Sólo se dio la excepción para los miembros de las Fuerzas Armadas, a quienes se conculcó ese derecho, y para los condenados penalmente.

El 24 de noviembre de 1948 fue derrocado el presidente Rómulo Gallegos, lo que llevó a que nuevamente se establecieran normas para las elecciones. En 1951 se establece un nuevo código electoral que eleva a 21 años la edad mínima para sufragar.

Otro derrocamiento, el de Marcos Pérez Jiménez, el 23 de enero de 1958, cambió de nuevo la situación electoral. Se abre un nuevo proceso de elección directa y secreta, de la misma manera al establecido en 1946.

En diciembre de 1989 se realizan por primera vez elecciones para elegir a los gobernadores y alcaldes por período de tres años con posibilidad de reelección inmediata una sola vez. En esta oportunidad se separan las elecciones de gobernadores y alcaldes de los destinados para la Presidencia de la República.

LA CONSTITUCIÓN BOLIVARIANA


A partir de la Constitución Bolivariana, aprobada en votaciones en diciembre de 1999, se crea el Poder Electoral, cuyo fin es el reglamentar todo lo relacionado con elecciones, su supervisión y verificación, incluyendo el manejo de su propio presupuesto y demás recursos.

Desde ese momento, las elecciones de gremios, sindicatos y demás organizaciones deben estar bajo el amparo del Consejo Nacional Electoral y regirse por sus normas u reglamentos. Actualmente, Venezuela cuenta con uno de los sistemas electorales más seguros y de mayor fiabilidad, dado los diversos recursos utilizados para evitar fraudes o sospechas de los mismos.

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Cuando la Causa R no defendió los votos

Era domingo 5 de diciembre de 1993 y los venezolanos mayores de 18 años escogerían al presidente de Venezuela. Rafael Caldera se separó de Copei para formar el partido político Convergencia, Claudio Fermín representaba a Acción Democrática y Andrés Velázquez fue el candidato de la Causa R. A pesar de que las actas

llegaron al siguiente día al Congreso Supremo Electoral (CSE), Venevision informó que Rafael Caldera ganó las elecciones con 1.710.722 votos contados, de un Registro Electoral de más de nueve millones de votantes y una abstención de 34 por ciento. Voceros de la Causa R les informaron que las actas las trasladaron a Fuerte Tiuna donde “supuestamente” habían sido maquilladas. CSE informó que Velázquez tuvo 21 por ciento de los votos contados. La Causa R recibió un duro golpe en 1993, pues CNN y Radio Caracol (Colombia) señalaron a Andrés como triunfador de esas elecciones presidenciales. Este partido político elaboró un boletín y Velázquez convocó a una rueda de prensa, pero los medios de comunicación lo silenciaron.

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